El Real Decreto 176/2013 no solo modifica
la fecha de caducidad del yogur, también afecta a productos de consumo tan
común como el pan o conservas
En las últimas semanas se escucha y se lee por todas partes que se
ha derogado la fecha de caducidad
del yogur. Pero el Real Decreto 176/2013 es algo más que ese dato concreto. Es
una puesta al día de la normativa nacional en la materia de acuerdo con los
modelos de la Unión
Europea. Yogur, pan, cárnicos, conservas, vegetales... y así
hasta 54 medidas actualizadas. El artículo detalla en qué consiste la
adecuación de la normativa y qué alimentos incluye.
La legislación alimentaria de las últimas décadas requería una
adaptación a la situación actual en el seno de la UE. Por fin, el legislador
nacional ha procedido a ello, de manera que se logra que se respeten los
objetivos que la normativa comunitaria establece, objetivos en materia de
higiene alimentaria a alcanzar sin desarrollar requisitos específicos, a partir
de un análisis del riesgo y teniendo en cuenta que el operador
económico es el principal responsable de la seguridad alimentaria.
Estas normas y RTS que se derogan de forma parcial no se basan en
un análisis de riesgo, tal y como ahora se desarrolla en la actual legislación
de la Unión Europea ,
ni tienen en cuenta los nuevos avances tecnológicos ni la nueva forma de
legislar en la que se establecen objetivos de seguridad alimentaria en lugar de
establecer requisitos muy específicos. Tras muchos años de espera, el
legislador, con este cambio legislativo aporta simplificación legislativa,
contribuye a evitar confusión normativa y facilita la actividad de
las industrias alimentarias ya que aporta más flexibilidad en el cumplimiento
de sus obligaciones en materia de higiene y seguridad alimentaria.
También debemos resaltar, sobre todo en los tiempos que corren,
que este cambio legislativo desde un punto de vista económico es positivo,
puesto que no generará sobrecostes a las industrias; al contrario, es una
medida que favorece lo económico porque facilita el cumplimiento de los
objetivos establecidos en la legislación vigente sin menoscabo de la seguridad
alimentaria.
Adecuación de la normativa
El Real Decreto 176/2013 asegura que las
industrias alimentarias españolas estén en la misma situación de competencia
que las europeas
El objetivo que se logra con la nueva normativa es adecuar al
Derecho de la Unión
Europea de los requisitos de higiene de los productos
alimenticios contemplados en las reglamentaciones
técnico- sanitarias y en las normas de calidad de ámbito nacional. Es necesario
que todos conozcamos que los reglamentos comunitarios no desarrollan de forma
exhaustiva tales requisitos, y se limitan a formular una serie de objetivos en
materia de higiene sobre la base de un análisis del riesgo existente en cada
caso.
Ello permite que sean los operadores económicos quienes, como
principales responsables de la seguridad alimentaria, decidan de qué manera van
a garantizar el cumplimiento de los mismos.
La diferencia en el enfoque de la legislación de la Unión Europea , sobre
todo desde 2004, y la de las RTS y normas de calidad españolas en cuanto a los
requisitos de higiene, sin llegar a ser contrarios al Derecho de la Unión Europea , han
sido considerados un obstáculo a la libre competencia. En este sentido, el Real Decreto 176/2013 es más que oportuno para
asegurar que las industrias alimentarias de España estén en la misma situación
de competencia que el resto de los operadores europeos.
Yogur,
pan, cárnicos, conservas, vegetales
A todos nos llega la noticia de esta norma por la derogación
parcial de la norma de calidad del yogur en lo concerniente a la fecha de caducidad, pero también hay
que destacar otras medidas que se han tomado y que afectan a productos de
consumo tan común como el pan, los productos cárnicos o las conservas
vegetales. Hay que considerar en toda
su magnitud el alcance del Real Decreto y la puesta al día que he mencionado
respecto a cuestiones sobre higiene y seguridad alimentaria.
Esperamos que esta medida sea el inicio de una profunda y
exhaustiva revisión del ordenamiento jurídico alimentario en España para que todas aquellas disposiciones que, de facto, ya
están desfasadas y superadas por la legislación alimentaria de la Unión Europea , sean
revisadas y derogadas o modificadas según convenga en cada caso.
Para que todos los consumidores puedan ser conscientes del alcance
del Real Decreto 176/2013, puede
revisarse en el enlace todas las medidas que muestran la profunda y exhaustiva
revisión que se ha realizado.
JOSÉ MARÍA FERRER VILLAR
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